Importante Cambio: Retención en la Fuente por Pagos al Exterior de Intereses
La DIAN modificó su posición por medio del Concepto No. 32227 del 2016, al concluir que los intereses provenientes de títulos, bonos u otros títulos de deuda, que sean emitidos por un emisor colombiano y transados en el exterior y en consecuencia, el acreedor no sea un residente ni esté domiciliado en Colombia, NO se consideran ingresos de fuente nacional y por lo tanto, no estarán sujetos a retención en la fuente.